Comisión Experta aprobó capítulo de Procedimientos de Cambio Constitucional
El último debate sostenido por los comisionados (as) giró en torno a los “Procedimientos de Cambio Constitucional”, que dice relación con cualquier cambio que se quiera realizar a la futura Carta Fundamental, para lo cual deberá contar con el voto a favor de tres quintos (60%) de los diputados (as) y senadores (as) en ejercicio.
Estos mecanismos podrán ser iniciados tanto por mensaje del Presidente de la República como por moción de cualquiera de los miembros del Congreso Nacional.
La propuesta de los comisionados también establece que si el Presidente de la República rechazara un proyecto de reforma aprobado por ambas cámaras, y estas insistieran por tres quintos, el mandatario deberá promulgar dicho proyecto, a menos que consulte a la ciudadanía mediante referendo.
Reemplazo constitucional
Respecto a los procedimientos de reemplazo constitucional, sólo podrá iniciarse a propuesta del Presidente de la República, con el acuerdo de dos tercios de los integrantes en ejercicio de ambas cámaras.
Además, deberá contener bases institucionales y una comisión técnica, la que elaborará un anteproyecto que deberá ser votado a favor por dos tercios de los parlamentarios en ejercicio.
Luego, al renovarse la Cámara de Diputadas y Diputados, deberá ratificarse en ambas cámaras, requiriendo el mismo quórum de dos tercios. En caso positivo, el Presidente de la República tendrá tres días para convocar a un plebiscito nacional constitucional.
Durante su exposición, Natalia González reconoció que el contenido de este capítulo no fue una materia sencilla de abordar, principalmente, por el escepticismo y las dudas que existían desde distintos sectores. Sin embargo, celebró que “finalmente arribamos a una solución, que me parece combina de manera adecuada factores de certeza jurídica, política y también de fraternidad en el debate”.
En tanto, el comisionado Hernán Larraín destacó que es imprescindible contar con mecanismos que permitan que la Constitución se vaya acondicionando a la realidad política, económica, social y cultural. Pero, advirtió: “no es deseable que un texto constitucional se cambie en forma permanente porque la estabilidad y la certeza jurídica no lo hacen recomendable”. Por ello, dijo, esta propuesta tiene un flanco, pues exige 2/3, más la voluntad del Presidente para convocar al proceso. “Pero también exige 2/3 para reformar el proceso que aquí se está estipulando”, agregó.
En consecuencia, sostuvo Larraín, si existe voluntad de hacer un nuevo proceso de reforma “no hay garantía absoluta de que este modelo que se ha diseñado, sea el que va a permanecer, porque con el mismo quórum que se lance el proyecto de reemplazo va a poder modificarse”.
Falta de flexibilidad
Pero no todos estuvieron de acuerdo con el contenido del Capítulo XIV. Si bien Flavio Quezada adelantó que votaría en favor del articulado, advirtió su “lejanía con la fórmula en que terminó consagrándose el procedimiento de reemplazo constitucional”. Según planteó: “evidentemente existen distintas concepciones sobre lo constitucional en el seno de esta comisión, pero creo que la redacción que se nos propone permite otras lecturas más amplias”.
Alexis Cortés coincidió con la apreciación de Quezada y subrayó que “había secciones que en esta propuesta quedaron profusas, pero me parece que el texto no logra la flexibilidad que a mi juicio sería más deseable”. En ese contexto, añadió que entendía la preocupación de los comisionados frente a la durabilidad o longevidad del texto ,“pero debemos atender que conforme a la evidencia, lo que asegura su durabilidad no es el tamaño sino que su flexibilidad y cómo se evita la constitucionalización además de políticas públicas”.
Sin embargo, y pese a los reparos, los comisionados dieron su venia al Capítulo XIV, con lo que se dio por cerrado el análisis y la votación del anteproyecto de Constitución.
El próximo 7 de junio, la propuesta de anteproyecto que este martes terminó de votarse será entregado al Consejo Constitucional que trabajará con él para el texto final de la nueva Constitución.
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