● Esta decisión implica que la empresa deberá detener
inmediatamente la promoción, recepción y comunicación de
datos de información biométrica en menores de edad que no
cuenten con el consentimiento de sus padres.


La justicia acogió una medida precautoria solicitada por el SERNAC en contra
de World (ex WorldCoin), lo que implica que esta empresa deberá suspender
de inmediato la promoción, recepción y comunicación de datos de
información biométrica en menores de edad que no cuenten con el
consentimiento de sus padres.


De esta manera, la justicia acoge el planteamiento del SERNAC, al establecer
que de no suspenderse a tiempo la captación de dicha información biométrica
en menores de edad, se produciría una grave afectación a sus derechos.


El tribunal, encabezado por el Juez Vladimir Mondaca, explicó que la decisión
adoptada se ampara en el artículo 4 de la Convención sobre los Derechos de
Niño, la cual indica que los Estados parte deberán adoptar todas las medidas
administrativas para resguardar sus derechos e intereses.


La determinación de la justicia se enmarca en un requerimiento realizado por
el SERNAC en contra de esta empresa para que suspendiera sus operaciones
mientras no se acreditara el modelo de negocio.


El SERNAC constató en fiscalizaciones realizadas en terreno que la empresa
no solicitaba información previa al acceso al servicio de escaneo,
específicamente, no se pudo verificar que pidiera documentación que
permitiera verificar la identidad a los consumidores para efectos de acreditar
su mayoría de edad.


Las aprehensiones del SERNAC se fundamentaban principalmente en algunas
situaciones que podrían implicar la vulneración de los derechos de los
consumidores, especialmente de los menores de edad, debido a la creación
de una criptomoneda, una billetera digital y servicios de verificación de
identidad basados en información biométrica.


La solicitud de la medida precautoria fue parte de una serie de acciones
realizadas por el SERNAC en contra de las operaciones de esta empresa en el
país.


De hecho, la denuncia ante el 1° Juzgado de Policía Local de Providencia, la
cual se encuentra en tramitación, está fundamentada en una serie de
irregularidades, entre ellas, falta de información clara y previa sobre el
tratamiento de datos personales, ausencia de mecanismos adecuados para
resguardar la privacidad de las personas consumidoras, riesgos y falta de
consentimiento informado, falta de transparencia y eventual uso indebido de

los datos personales que contravienen las leyes nacionales de protección de
datos, entre otras.


Recordemos que la Ley de Datos Personales en Chile establece que las
empresas, al momento de requerir información de las personas, deben
indicar explícitamente cuál será su uso, evitándose utilizar para fines distintos
a los requeridos.

Por admin

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